¿Qué es el Régimen Simplificado de Tributación (RST) - República Dominicana
Régimen Simplificado de Tributación
El Régimen Simplificado de Tributación (RST), es un régimen de facilitación para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, ya sean estas personas jurídicas o físicas que cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto No. 265-19 con relación a su actividad económica, su nivel de ingresos y sus volúmenes de compras.
Este régimen servirá para la determinación del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), basado en sus ingresos brutos o en sus compras.
Conoce los principales beneficios del RST
Dentro del reglamento que rige el Régimen Simplificado de Tributación, en el decreto 265-19, se encuentran los beneficios de los contribuyentes acogidos bajo este régimen.
Entre estas ventajas podemos encontrar:
- No es necesario pagar ISR en una sola cuota.
- No es necesario enviar sus compras y ventas mensuales a través de los Formatos de Envío de Datos (606, 607, 608, entre otros).
- No es necesario pagar el Impuesto a los Activos (siempre que estén relacionados con su actividad económica).
- Se les facilita un acuerdo de pagos automatizados para el abono de los impuestos.
- Se les facilitan formularios de declaración anual simplificados para ISR e ITBIS.
- Los contribuyentes que pueden acogerse al RST
Para empezar a formar parte de este Sistema Tributario en República Dominicana, es posible acogerse a alguna de las dos opciones disponibles: volumen de ingresos o volumen de compras.
- Basado en ingresos para personas físicas: de ingresos provenientes de servicios profesionales u otra actividad independiente, que se encuentren exentos del ITBIS o que este sea retenido en un 100%, y que además, sus ingresos no superen los RD $8,700,000.00 anuales.
- Basado en ingresos para personas jurídicas: de ingresos provenientes de actividades económicas de servicio y producción de bienes, cuyos ingresos no superen los RD $8,700.000.00 anuales.
- Basado en ingresos para el sector agropecuario: cuyos ingresos no superen los RD $8,700,000.00 anuales.
- Basados en compras para personas físicas y jurídicas: de actividades provenientes de la comercialización de bienes, cuyas compras e importaciones no superen los RD $40,000,000.00 anuales.
Los requisitos para acogerse al RST
Antes de realizar el procedimiento de inscripción al Régimen Simplificado de Tributación, es ideal saber que hay que tener primero un número de Registro Nacional de Contribuyente (RNC) y que debes acogerte a ciertos requisitos:
- Poseer datos actualizados en el RNC.
- Tener el 31 de diciembre como fecha de cierre fiscal.
- Estar al día con las obligaciones tributarias.
- No estar dentro del proceso de fiscalización externa por parte de Impuestos Internos.
Además de ser residentes del territorio dominicano.
Las instituciones que rigen las obligaciones tributarias en República Dominicana, establecen estos requisitos con el fin de evitar que los contribuyentes paguen impuestos diferentes por sus actividades económicas, distintos a los que tendrían que pagar.
Obligaciones del contribuyente dentro del RST
Una vez que la persona se inscriba en el RST, tendrá las siguientes obligaciones:
- Emitir facturas con Número de Comprobante Fiscal (NCF).
- Requerir facturas con valor fiscal a sus proveedores. Tomando en cuenta que no pueden ser utilizadas para realizar deducciones o adelantos de costos y gastos, por lo que solo serán para fines informativos.
- Sostener la información que lo acredita como parte del RST a orden de Impuestos Internos.
- Mantener los documentos que acrediten el correcto cálculo de sus impuestos y obligaciones
- Todas estas obligaciones hay que llevarlas a cabo con el fin de mantener los beneficios del RST.
Restricciones para estar dentro RST
Hoy en día, existen ciertas restricciones que evitan que las personas físicas o jurídicas que posean ciertas cualidades, no puedan acogerse o mantenerse dentro de este régimen.
Conoce alguna de estas características:
- Sí poseen beneficios por leyes de incentivo fiscal.
- Si alguno de sus socios o accionistas es una persona jurídica o reside fuera del territorio dominicano.
- La persona jurídica que tenga inmuebles que no pertenezcan a su actividad comercial.
- El contribuyente que oculte o simule ingresos, compras o importaciones.
- La persona física o jurídica que se encuentre en incumplimiento de deberes y obligaciones frente a Impuestos Internos.
- La persona física o jurídica que incumpla los requisitos de ingreso y permanencia al RST.
Fecha límite y los pasos para inscribirse en el RST
Para inscribirse en el Régimen Simplificado de Tributación (RST), existe una fecha específica, y es necesario ser autorizado por Impuestos Internos.
Fecha límite
Quienes deseen acogerse, deben realizar su solicitud a más tardar sesenta días antes del último día laborable del mes de febrero.
Pasos para inscribirse de manera virtual
- Ingresa a la página web de Impuestos Internos www.dgii.gov.do y accede a la Oficina Virtual.
- En «Inscripción», selecciona «Régimen Simplificado de Tributación».
- Ingresa tu RNC o Cédula.
- El sistema validará el número registrado, y según tu actividad económica y el tipo de contribuyente (persona física o jurídica), se indicará el método al que puedes acogerte. Pulsa «Continuar».
- Completa las informaciones requeridas.
- Pulsa «Enviar Solicitud».
- El sistema te mostrará una ventanilla con el número de caso de registro.
Determinación del pago de impuestos dentro del RST
Deben remitir una declaración simplificada de los ingresos obtenidos todos los que están acogidos dentro del RTS por ingresos.
Con los siguientes formatos:
- RS1 Basado en Ingresos – Personas Físicas.
- RS2 Basado en Ingresos – Personas Jurídicas.
- RS4 Basado en Ingresos – Sector Agropecuario.
Por el contrario, los contribuyentes dentro del RST por Compras remitirán el RS3 Basado en Compras.
NOTA: La DGII cuenta con calculadora para el RST
Los motivos de exclusión del RST
- Incumplir con algunas medidas dentro del régimen, acarrea la exclusión dentro del mismo, aquí te contamos algunas de los motivos:
- No cumplir con las obligaciones que establece el reglamento 265-19.
- Cuando niegue el acceso del DGII al lugar donde desarrolla sus actividades.
- Cuando impida el cumplimiento a la ley mediante la obstaculización de información fiscal.
- En caso de que incumpla los deberes y requisitos establecidos para continuar dentro del régimen.
Cuando el contribuyente acogido al RST lo solicite.
Con toda esta información, nos queda claro que este régimen es más amigable para los emprendedores porque facilita el cumplimiento de obligaciones en materia de impuestos. Además, el Gobierno continúa optimizando el sistema fiscal a través de la ley de facturación electrónica, mejorando el cumplimiento y la verificación tributaria.
Sobre todo si estás interesado en crear una mipyme en República Dominicana, gracias a que está diseñado para ayudar a microempresarios y emprendedores a formalizarse dentro del Régimen Simplificado de Tributación (RST).